La Corte Constitucional decidió una demanda clave de tierras de la que depende el emblemático caso de recuperación de tierras de los campesinos de Las Pavas, que estaba embolatada hasta que el cuestionado magistrado Jorge Pretelt tuvo que declararse impedido. Y ahora la posición de Pretelt fue derrotada.
La semana pasada la Corte tumbó -por 6 votos contra dos y con ponencia de Alberto Rojas- dos artículos de la Ley 160 que congelaban los procesos de extinción de dominio de tierras mientras estaba pendiente un fallo definitivo de una corte o tribunal.
Esos artículos aseguraban en la práctica que un demandado podía dejar congelado por muchos años un proceso de extinción en su contra, especialmente usando el muy lento recurso de revisión en el Consejo de Estado, que suele demorarse entre 10 y 15 años, y que ha sido usado en unos 200 de estos casos.
Precisamente un recurso de revisión tenía bloqueado el caso de las 109 familias campesinas de Las Pavas, que recibieron el Premio Nacional de Paz en 2013 por ser -en palabras del presidente Juan Manuel Santos- “un modelo, como pocos, de resistencia pacífica ante la acción de los violentos” que le apostaron a resolver su caso por la vía legal y sobreponiéndose al acoso permanente de los palmicultores que ocupan sus terrenos en el sur de Bolívar.
Los predios de Las Pavas tienen un proceso de extinción de dominio que decretó el Incoder porque los campesinos encontraron abandonados esas tierras en 1997. Pero ese proceso quedó congelado porque su actual propietario en papeles, el empresario José Ernesto Macías (que compró Las Pavas después de que los campesinos fueran obligados a huir y que argumenta que ellos son ocupantes ilegales) usó ese recurso de revisión en el Consejo de Estado.
La Corte explicó que el congelamiento del proceso de extinción no puede ser automático, sino que en cada caso la parte que lo quiere debe alegarlo y el juez debe decidirlo. Mientras no haya una decisión, la extinción sigue andando.
En el caso de Las Pavas, eso significa que el Incoder podrá solicitarle ahora a la Supernotariado que inscriba las resoluciones de extinción de dominio en los papeles de esas tierras, el punto en el que quedó pendiente el trámite y que es indispensable para que los campesinos pidan esos predios como tierras baldías.
En caso de que Macías solicite la suspensión, la magistrada Olga Valle de la Hoz -que lleva el caso- tendrá que sopesar eso y el hecho de que en una sentencia de 2011 la propia Corte los reconoció como víctimas de desplazamiento y le ordenó al Gobierno reabrir los procesos de titulación y frenar los desalojos solicitados por Macías hasta que el caso se resolviera.